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domingo, mayo 19, 2024

Por el aumento en los casos de Covid-19, Santa Fe también suspende los eventos masivos hasta marzo

Lo decretó el gobernador Omar Perotti. Es para todos los encuentros de más de 500 personas que se realicen tanto en espacios abiertos, como cerrados o al aire libre, públicos o privados.

Mediante un decreto, el Gobierno de Santa Fe dispuso la suspensión de los eventos masivos de más de 500 personas hasta marzo. Según lo establecido por Omar Perotti, esta medida que busca frenar el aumento de los casos de Covid-19, es extensiva para los que efectúen tanto en espacios abiertos, como cerrados o al aire libre, públicos o privados.

Además, se estableció un aforo del 70% para todas las actividades sociales, deportivas, culturales, religiosas, económicas y de servicios, al tiempo que se advirtió que se deberán respetar los “protocolos y condiciones específicas” gracias a los cuales se habilitaron.

Desde la implementación de este decreto, se exigirá el pase sanitario. (Foto: Télam).
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En el decreto que lleva la firma de Perotti se establece que las restricciones se extenderán hasta el 28 de febrero de 2022 inclusive y comprenderán a actividades sociales, deportivas, culturales, religiosas, económicas y de servicios.

De esta manera, el Gobierno de Santa Fe anunció que “quedarán suspendidos con carácter preventivo, los eventos masivos organizados de más de quinientas (500) personas que se realicen en espacios abiertos, cerrados o al aire libre, públicos o privados”, incluso las actividades que se desarrollen en discotecas, locales bailables, salones de fiestas, bailes, recitales, festivales o similares.

Sin embargo, el documento aclara que “las autoridades municipales y comunales, previa consulta al Ministerio de Salud de la Provincia, podrán autorizar en sus jurisdicciones la realización de eventos con concurrencia de hasta mil (1000) personas”.

El decreto advierte, además, que las actividades sociales, deportivas, culturales, religiosas, económicas y de servicios tendrán que respetar un aforo del 70% la superficie disponible, “salvo expresa previsión en contrario que establezca un aforo menor”.

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