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Chascomús
viernes, mayo 10, 2024

El concejo deliberante aprobó resolución para que se evalué recategorizar a Chascomús en “Zona Fría”

Con modificaciones, el proyecto obtuvo la totalidad de los votos. En el segundo articulado, hicieron mención a la posibilidad de recategorizar al distrito en “zona bioambiental III a”, contemplado en la Norma IRAM y dentro del beneficio de la reciente ley aprobada en el Congreso de la Nación.

Por Ximena B. Xiong

En la octava sesión ordinaria del viernes, se aprobó el proyecto de resolución para incorporar a Chascomús en “Zona Fría”. Siendo el último punto del orden y con modificaciones, aprobadas por mayoría, el expediente salió por unanimidad del cuerpo.

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Presentado por el interbloque Cambiemos Chascomús – UCR, el proyecto de resolución N° 2155/R “Incorporación del Partido de Chascomús como ‘Zona Fría’”, dio debate en la sesión ocurrida en el Teatro Municipal Brazzola.

En ese sentido, se eliminaron el cuarto y quinto párrafo de los considerandos que hacían mención a una nota publicada en la página del municipio que daba cuenta que “por gestiones del intendente, Chascomús fue incluido”, pero tras haber sido aprobado el proyecto de ley de Zonas Frías, el pasado 25 de junio, el distrito no figuró como beneficiario a diferencia de localidades vecinas.

Mapa bioambiental de norma IRAM – FOTO EL CRONISTA

En sintonía, también se modificaron el primero y segundo articulado del proyecto de resolución, quedando: “Artículo 1: El HCD de Chascomús expresa su beneplácito por la aprobación de la ley aprobada por el Congreso de la Nación que amplía el Régimen de Zona Fría”.

Y, “artículo 2: El HCD de Chascomús vería con agrado que el instituto IRAM evalué la posibilidad de recategorizar el Partido de Chascomús, incluyéndolo en la zona bioambiental III a, contemplado en la norma IRAM”.

Entre las alocuciones, el presidente del HCD, Héctor Larramendy expuso a qué se debió que el distrito de Chascomús no haya figurado en el régimen de ampliación de Zona Fría, que quedó aprobado con 51 votos positivos y 12 negativos en el Congreso de la Nación.  

El soporte fue el mapa bioambiental de la Norma Nº 11.603 del Instituto Argentino de Normalización y Certificación (IRAM), que divide a la república argentina en diferentes zonas y subzonas según índices de confort de la temperatura efectiva corregida (TEC), correlacionada con el voto medio predecible (VMP) y el índice de Beldin y Hatch (IBH), desarrollados para las zonas cálidas, mientras que “la evaluación de las zonas frías no se ha realizado con los índices de confort, sino con los grados días para las necesidades de calefacción”, señala la normativa.

En ese aspecto, la ciudad de Chascomús permanece dentro de los anexos de la norma IRAM en “subzona III b”, que no entró al beneficio de la Ley de Zona Fría al considerarse una “zona templado cálido”, a diferencia de municipios cercanos como General Paz y Pila, que figuran en la “subzona III a”, que posee amplitudes térmicas menores que 14°C, contrario a la que se encuentra la ciudad lagunera.

Ante ello, desde el bloque Frente de Todos-PJ mocionaron para agregar modificaciones al proyecto de resolución presentado por la oposición para que, en vez de solicitar al Congreso de la Nación Argentina la incorporación del Partido de Chascomús dentro de los Partidos de la Provincia de Buenos Aires recategorizados como “Zona Fría”, se requiera que el Instituto IRAM reevalúe el distrito para que pueda pasar de “subzona III b” a la “subzona III a” para ser alcanzado por la ampliación del Régimen de Zona Fría.

Mapa bioambiental de norma IRAM

Las modificaciones agregadas e indicadas anteriormente, obtuvieron ocho votos afirmativos contra siete negativos y una ausencia, mientras que el Expediente N° 2155/R quedó aprobado por unanimidad.

Finalmente, cabe mencionar que la ampliación del Régimen de Zona Fría aprobado en el Congreso de la Nación, beneficia una reducción del 30 y 50 por ciento en las tarifas de gas a unos cuatro millones de usuarios de distintas provincias, al incluirse departamentos y localidades de las subzonas IlI a, IV a, IV b, IV c, IV d, V y VI de las zonas bio-ambientales utilizadas por ENARGAS que no estaban incorporadas al régimen vigente.

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