Reglamentan la quita de aranceles para la importación de autos eléctricos e híbridos

Lo habían anunciado hace poco más de un mes, y ahora se reglamentó: se eliminó el arancel del 35% que pagaba la importación de vehículos eléctricos e híbridos. La medida, que busca fomentar la movilidad sustentable y reducir los precios de estos vehículos, establece un límite máximo de 50.000 unidades anuales durante cinco años, distribuidas en partes iguales entre terminales automotrices e importadores.

El Decreto 49/2025, publicado el 30 de enero, había reducido el Derecho de Importación Extrazona (DIE) para autos eléctricos e híbridos con un valor FOB (precio en fábrica) de hasta US$ 16.000 por unidad.

“Atento al actual desarrollo de nuevas tecnologías de movilidad en el sector de la industria automotriz reflejado a nivel mundial y a los efectos de lograr una mayor competitividad de mercado, como así también, propiciar el incremento de la oferta de vehículos automotores que utilicen una tecnología de motorización alternativa a los motores convencionales de combustión interna, se dictó el Decreto N° 49 de fecha 30 de enero de 2025”, afirma en su  comienzo el texto de la nueva Resolución 29/2025, publicada este miércoles en el Boletín Oficial, y que reglamenta el mecanismo para acceder a este beneficio.

Postulación

De esa manera, empresas con terminales radicadas en el país y otros importadores podrán postularse ante la Subsecretaría de Política Industrial para solicitar la importación libre de aranceles. El trámite se realizará a través de la plataforma Trámites a Distancia (TAD), integrada con Aduana y la Ventanilla Única de Comercio Exterior.

Según el anexo de la Resolución, las empresas interesadas en importar estos vehículos deberán ingresar a TAD e informar, entre otros datos:

  • Precio de lista en dólares estadounidenses de venta al público del auto a importar.
  • Posición Arancelaria NCM/SIM, marca, modelo, denominación comercial, tipo de tecnología del vehículo a importar, cantidad de vehículos automotores a importar.
  • Mes estimado en que se produzca la nacionalización de los vehículos automotores.
  • Declaración Jurada donde manifieste que, antes de ser librado al tránsito público, el vehículo cumplirá con las condiciones de seguridad activas y pasivas, de emisión de contaminantes, establecidas en la Ley N° 24.449, sus normas complementarias y modificatorias.

Del total de 50.000 unidades, la mitad será destinada a terminales automotrices radicadas en Argentina, y el resto a importadores independientes.

Se priorizarán los vehículos con fecha más próxima de nacionalización y el menor precio ofrecido.

El límite anual representa aproximadamente el 20% del total de autos livianos vendidos en el país por año. Con esta medida, el Gobierno “busca ampliar la oferta de movilidad sustentable y facilitar el acceso a vehículos eléctricos e híbridos a precios más competitivos”. (DIB) MM

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