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      Qué dice el proyecto de Ley de Alcohol Cero que este jueves se vota en el Senado bonaerense

      27 de octubre de 2022 | 05:59
      Qué dice el proyecto de Ley de Alcohol Cero que este jueves se vota en el Senado bonaerense

      La Cámara de Senadores bonaerense tratará este jueves el proyecto de ley enviado por el Poder Ejecutivo que establece la tolerancia cero de alcohol en sangre para los conductores de vehículos, con penas que incluyen multas, arresto, retención de la licencia e inhabilitación.

      La tolerancia cero al alcohol ya rige como ley en las provincias de Córdoba, Entre Ríos, Jujuy, Río Negro, Salta, Santa Cruz, Tierra del Fuego y Tucumán.

      También como ordenanza municipal en los partidos bonaerenses de General Pueyrredón, Moreno, Tigre, Ezeiza, Bragado y General Rodríguez.

      La propuesta fue enviada por el gobernador Axel Kicillof y el ministro de Transporte, Jorge D’Onofrio, en abril pasado, y prevé la modificación de la Ley 13.927 del Código de Tránsito para establecer que quienes hayan bebido alcohol no puedan conducir un vehículo.

      Actualmente, el nivel de alcohol máximo permitido para los conductores es de 0,5 gramos de alcohol por litro de sangre.

      Con la modificación propuesta, “queda prohibido conducir cualquier tipo de vehículo con motor, con impedimentos físicos o psíquicos sin la licencia especial correspondiente, habiendo consumido estupefacientes o medicamentos que disminuyan la aptitud para conducir o con una concentración de alcohol superior a cero miligramos de alcohol”.

      La iniciativa -que fue discutida en comisiones y cuenta con el apoyo de la oposición tras la inclusión de un fondo para municipios- contempla penalidades por infringir la ley que incluye desde arresto hasta la retención de la licencia y la inhabilitación para conducir de acuerdo al nivel de alcohol en sangre: hasta los 0,49 gramos por litro la retención será de tres meses, mientras que los que tengan más de 1,5 g/l será de 18 meses.

      Los infractores también deberán afrontar una multa y la obligación de concurrir a cursos especiales de educación y capacitación para el correcto uso de la vía pública, que podrá aplicarse como alternativa a la pena pecuniaria.

      La siniestralidad vial es la primera causa de muerte en personas menores de 35 años y el alcohol está presente en 1 de cada 4 siniestros viales. (DIB)

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