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      Proponen crear el servicio de Remis Compartido y una plataforma digital de movilidad urbana en Chascomús

      La iniciativa fue presentada por el bloque Fuerza Patria – PJ para ser tratada en la 10ª sesión ordinaria del Concejo Deliberante, prevista para este jueves 23 de julio. Busca dar una alternativa ante la falta de transporte público, con viajes compartidos y tarifa fraccionada

      21 de julio de 2026 | 16:40
      Proponen crear el servicio de Remis Compartido y una plataforma digital de movilidad urbana en Chascomús

      El bloque de concejales de Fuerza Patria – PJ presentó en el Honorable Concejo Deliberante de Chascomús un proyecto de ordenanza para crear el Servicio de Remis Compartido y una Plataforma Digital de Movilidad Urbana en el partido.

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        La iniciativa, ingresada el 21 de julio y dirigida al presidente del cuerpo, Oscar Toledo, será tratada en la 10ª sesión ordinaria prevista para este jueves 23 de julio.

        Fundamentos

        En los considerandos, el proyecto señala que Chascomús carece de un sistema de transporte público colectivo de pasajeros, tras reiterados intentos fallidos por sostenerlo debido a los costos. Esa situación restringe la movilidad a vehículos particulares o remises tradicionales.

        Según el bloque autor, el remis tradicional de contratación individual resulta costoso para el traslado diario, profundiza el aislamiento de los sectores con menores recursos y deja sin conexión ágil a barrios alejados con la zona céntrica, los centros educativos y el Hospital Municipal.

        La modalidad de Remis Compartido se plantea como una solución paliativa y estratégica, que permitiría dividir el costo del viaje entre varios pasajeros y, al mismo tiempo, sostener o incrementar la facturación de los trabajadores del volante. La incorporación de una plataforma digital gestionada o regulada por el Municipio aportaría eficiencia, trazabilidad y seguridad.

        El proyecto remarca que es facultad del Concejo Deliberante regular y planificar los servicios de transporte público y semipúblico dentro del territorio municipal.

        Qué propone el proyecto

        El texto consta de 11 artículos y establece los siguientes puntos centrales:

        1. Creación del servicio: Se crea en el partido de Chascomús el Servicio de Remis Compartido como modalidad complementaria e integrada al sistema de transporte automotor.

        2. Definición: Se define como un servicio de transporte automotor de pasajeros con itinerarios fijos o semiflexibles, con origen y destino determinados, donde la tarifa total se fracciona entre los usuarios que coinciden en la traza y el sentido del recorrido.

        3. Plataforma digital obligatoria: El Departamento Ejecutivo, a través del área de Modernización, deberá desarrollar, implementar y gestionar una plataforma para la solicitud, asignación, coordinación de rutas y control del servicio.

        4. Algoritmo de ruteo dinámico: La plataforma agrupará de forma automatizada y en tiempo real a los usuarios con origen y destino coincidentes, trazando el recorrido más eficiente y minimizando tiempos de espera.

        5. Seguridad: Deberá incluir validación de identidad de choferes y pasajeros, geolocalización por GPS en tiempo real enlazada al Centro de Monitoreo Municipal y botón de alerta.

        6. Tarifa: El valor total de la traza será calculado de forma transparente por la plataforma antes del viaje y se dividirá equitativamente entre los asientos ocupados. El costo individual será sustancialmente inferior al del remis tradicional exclusivo.

        7. Medios de pago: Se autoriza la integración de pagos electrónicos, priorizando convenios con el Banco de la Provincia de Buenos Aires, a través de la billetera Cuenta DNI, y otras pasarelas homologadas.

        8. Prioridad a remiseros locales: Tendrán prioridad para inscribirse como prestadores los titulares de licencias y choferes de remises habilitados por la Municipalidad al momento de la promulgación.

        9. Rol de las agencias: Las agencias legalmente constituidas podrán operar como administradoras de flotas dentro de la plataforma, manteniendo la coordinación de sus vehículos.

        10. Reglamentación: El Ejecutivo deberá reglamentar la ordenanza en un plazo no mayor a 90 días, fijando frecuencias mínimas obligatorias y cobertura prioritaria para barrios periféricos en horarios pico.

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