Productores agropecuarios locales afectados por la sequía podrán acceder a diversos beneficios

Conjuntamente las Secretarías de Hacienda y Desarrollo Productivo, se encuentran trabajando en la implementación de beneficios a nivel local para los productores agropecuarios afectados por la sequía.

Luego de las gestiones realizadas por el Intendente Javier Gastón ante el Ministerio de Asuntos Agrarios y la presentación del informe realizado por la Comisión de Emergencia Agropecuaria local, en el mes de diciembre de 2022 se declaró el estado de emergencia y/o desastre por sequía en las zonas rurales, para el período comprendido entre el 1 de julio al 31 de diciembre del 2022.

A su vez, durante enero se tramitó la ampliación de dicho plazo, que ayer fue otorgada hasta el 31 de marzo de 2023. Esto permite acceder a beneficios impositivos por parte de la provincia.

Asimismo, durante los últimos días, el Intendente y colaboradores mantuvieron encuentros con autoridades del Banco Provincia y del Banco Macro donde, entre otras cuestiones, se trabajó sobre el acompañamiento de estas entidades a los productores afectados.

El gobierno de la provincia, a través del Banco Provincia, tiene una línea de créditos “blandos” a 36 meses con pago de capital semestral de hasta $ 10 millones para quienes poseen inmuebles de hasta 500 hectáreas, otorgándose por excepción a los que tuvieran una superficie mayor.

Vale indicar que el otorgamiento de dichos créditos ha superado las expectativas, por lo cual, tanto el Banco Provincia como el Banco Macro, informaron que se encuentran trabajando en la posibilidad de ofrecer un financiamiento propio.

Con respecto a los beneficios sobre los tributos locales, el Departamento Ejecutivo podrá establecerlos a través de un decreto y según las condiciones previstas en la norma que fue remitida por el Concejo Deliberante el viernes 27 de enero.

En ese sentido, se prorrogará por 180 días el vencimiento de las cuotas de la Tasa por Servicios Rurales del periodo de la emergencia y/o desastre y que los intereses resarcitorios se reducen en un 70%.

Por otra parte, se establecerá una eximición del 50% y el 20% sobre dicha tasa para aquellos contribuyentes que tengan el certificado de “desastre” y “emergencia”, respectivamente, por el periodo de la declaración de emergencia.

En el caso de que hubieran cancelado las cuotas del tributo, serán compensados a través de la emisión de una Nota de Crédito, por un monto equivalente a los descuentos que hubieran correspondido, la que se aplicará a las futuras liquidaciones.

Los beneficios deberán ser solicitados por el contribuyente en forma presencial o a través del formulario que se dispondrá en la web oficial, en las condiciones dispuestas por el decreto que será informado durante la presente semana y que estará disponible junto con el formulario en www.chascomus.gob.ar.

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