A través de un fallo en primera instancia, el Juzgado Nacional en lo Comercial Nº 8 le dio la razón a FAENI. A partir de ahora, en la provincia de Santa Fe, la comisión por la venta de combustibles con tarjetas de crédito no deberá ser mayor al 0.5% y la acreditación de los pagos en tres días. Desde la entidad calificaron a este hecho como “histórico”, ya que “las actuales condiciones ponen en riesgo la subsistencia de numerosas PyMES del sector”.
Cabe destacar que, aunque el fallo no está firme y puede haber una apelación, resulta un antecedente sumamente significativo, ya que, quien representa a las pequeñas y medianas estaciones de servicio -en este caso FAENI- señala en su demanda las condiciones abusivas impuestas por una entidad netamente financiera que actúa como un socio pasivo y recoge los escasos beneficios que genera la comercialización de los combustibles, reintegrando el saldo en el plazo que le conviene financieramente.
Según pudo saber InfoGEI, las mismas tarjetas en países limítrofes, cobran menos tasas y el plazo de pago es menor que en Argentina. En Estados Unidos, Visa y Mastercard fueron demandadas colectivamente y acordaron devolver a los comerciantes hasta 6.240 millones de dólares.
Por último, desde el año 2015 rige en la Comunidad Europea un Reglamento a través del cual se estableció como tope para las tasas de intercambio del 0,2% en operaciones con tarjeta de débito y del 0,3% para las de crédito. (InfoGEI)Jd
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