En respuesta a un pedido formal de los Ex Combatientes de Malvinas, el departamento ejecutivo dispuso mediante decreto 504/2024 del 6 de junio, la eximición del pago correspondiente a tasas municipales para el corriente año, conforme lo establecido en el Art. 76 de la Ordenanza Fiscal e Impositiva vigente.
La eximición otorgada comprende tasas por servicios sanitarios, por derechos de cementerio, por servicios vinculados a la construcción, por servicios de salud, por derechos de licencia de conducir y patentes de vehículos. La misma se otorga a los titulares de dominio, que hubieran participado en las acciones bélicas desarrolladas por la recuperación de la soberanía de las Islas Malvinas, entre el 2 de abril y el 14 de junio de 1982. Alcanza a ex combatientes, a ex-soldados conscriptos que hayan actuado bajo bandera, convocados, destinados y/o movilizados que, sin haber participado en forma directa de las acciones de combate por la recuperación de las islas Malvinas, hayan servido a la Patria, protegiendo el territorio nacional.
La recepción de las correspondientes solicitudes de Exención de Tasas y Derechos y las solicitudes de condonación de deudas, se reciben en cualquier momento del año en la oficina de Relaciones Institucionales, en la planta alta del palacio municipal, de lunes a viernes en el horario de 8.30 a 13 hs.
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