En Chascomús cada cuatro años se deberá realizar el Censo Municipal de Personas con Discapacidad
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Por Ximena B. Xiong
El jueves de la corriente semana sesionó el Honorable Concejo Deliberante de Chascomús con un temario que abarcó desde la preocupación de la seguridad en la localidad, proyectos vinculados a lo que fue el primer encuentro del Parlamento de las Mujeres y Diversidad de Géneros, hasta la solicitud de convocatoria extraordinaria para negociación salarial de trabajadores municipales.
Entre los proyectos de despacho de comisión se encontró el expediente N° 5205 para la creación de un “Censo Municipal para Personas con Discapacidad”, el cual estuvo en las comisiones de SAS y de Reglamento desde el año 2019, y finalmente el 28 de abril de 2022, fue aprobado por unanimidad con modificaciones en considerando y articulados.
Particularmente el artículo 3 que señala que “el Censo Municipal de Personas con Discapacidad se realizará cada cuatro años y estará coordinado por la Dirección de Accesibilidad y Foro Municipal de Personas con Discapacidad y/o cómo se denomine en el futuro”.
Mientras que el siguiente articulado explicita con sus modificaciones que “la reglamentación de la presente Ordenanza será dictada por el Departamento Ejecutivo, a través del área que corresponda, previa consulta al Consejo Municipal de Discapacidad”.
De esta manera quedó aprobado el proyecto de ordenanza que tiene como objetivo determinar cuantitativa y cualitativamente a las personas con discapacidad en el distrito de Chascomús, identificando las necesidades a través de un censo municipal a realizarse cada cuatro años, teniendo en cuenta que la localidad no cuenta con un censo propio de personas con discapacidad.
En ese aspecto se basó el proyecto de ordenanza que manifiesta que es fundamental establecer políticas públicas, tener conocimiento de cuántas personas podrían afectar estas políticas y visibilizar cada caso puntualmente para el desarrollo de acciones que tengan como fin facilitar la vida de las personas con discapacidad.
Además, con el Censo Municipal de Personas con Discapacidad se busca describir el perfil de la población con dificultades según: relación o parentesco con el resto de los miembros del hogar, sexo, edad, lugar de nacimiento, cobertura de salud, previsión social, características educativas, situación conyugal, características laborales, tenencia y uso de certificado de discapacidad, edad y origen de la dificultad, condiciones habitacionales del hogar que conforma.
Respecto a ello, el proyecto de ordenanza fundamentó la creación del censo en el paradigma actual definido como “Modelo Social de la Discapacidad” que cambia el enfoque de la discapacidad centralizada en la persona y “en efecto, plantea a la discapacidad como una construcción, siendo uno de sus presupuestos fundamentales, concebir que las causas que originan la discapacidad no son individuales, sino que son preponderantemente sociales”.
Sumado a la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y Protocolo Facultativo que en su artículo 31 reconoce la importancia de contar con datos cuantitativos que contribuyan a monitorear y evaluar aquellos factores que reafirmen, aseguren y garanticen el ejercicio de los derechos a todos los ciudadanos.
Dentro de ese marco, se planteó el proyecto aprobado el jueves de la corriente semana, en consideración a que los datos obtenidos sobre personas con discapacidad corresponden al último censo nacional y por ende solo se obtiene relevamiento cada diez años. Con el censo municipal se podrá acceder a datos cada cuatro años.
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