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sábado, abril 20, 2024

El Gobierno oficializó el nuevo “dólar Qatar” y el tipo de cambio para artistas internacionales

El Gobierno nacional oficializó este jueves los cambios en el cobro de la percepción para el llamado “dólar turista” o “dólar Qatar”, a poco más de un mes del Mundial, así como también el cobro del impuesto PAIS para productores que deban girar divisas al exterior para el pago de artistas internacionales.

La primera medida, dispuesta mediante la Resolución General 5272/2022 de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) que fue publicada este jueves en el Boletín Oficial, establece que los consumos en moneda extranjera con tarjeta de crédito y débito en pasajes y paquetes turísticos que superen los US$ 300 al mes pagarán una percepción extra del 25% de concepto de adelanto del impuesto a los Bienes Personales.

La medida, que se implementa a poco más de un mes del Mundial de fútbol que se disputará en Qatar, fue criticada públicamente por la empresa de viajes Despegar, al señalar que golpea “aún más” a “una industria que todavía no se ha recuperado del todo” de la crisis provocada por la pandemia de coronavirus.

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“Las medidas recientemente anunciadas desalientan aún más a los argentinos a viajar debido a las altas cargas impositivas. Sumado a los constantes cambios de reglas, que continúan afectando al turismo, esta nueva medida pone en mayor dificultad a una industria que todavía no se ha recuperado de la enorme crisis de los últimos años y no resuelve el desafío de generar ingresos a través del turismo receptivo”, expresó la empresa, mediante un comunicado.

La decisión abarcará también a los considerados bienes suntuarios o “de lujo” comprados en el exterior, como automóviles y motos de alta gama; jets privados, barcos; bebidas alcohólicas premium; relojes, perlas, diamantes y otras piedras preciosas, máquinas tragamonedas y máquinas para minar criptomonedas.

Los consumos por menos de US$ 300 por mes seguirán pagando el tipo de cambio más el Impuesto PAIS y la retención del 45% de adelanto de Impuesto a las Ganancias.

En tanto, a través del decreto 682/2022 se resolvió que los servicios contratados en el exterior de recreaciones y actividades artísticas como recitales, actividades deportivas, entre otros gastos de esparcimiento, deberán pagar el impuesto PAIS del 30% para girar dólares a otro país, por lo que deberán abonar un dólar de $ 205 para poder hacer este movimiento de divisas. (DIB)

ViaDIB

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