El Concejo Deliberante de Chascomús aprobó el certificado de libre deuda alimentario

Por Ximena B. Xiong

Ayer, en la novena sesión ordinaria del Honorable Concejo Deliberante (HCD) de Chascomús, los y las 16 concejales aprobaron el certificado de libre deuda alimentario como recaudo excluyente para la ejecución de tramites en el municipio.

El proyecto había sido presentado en marzo del corriente año por el bloque UCR y Cambiemos Chascomús, luego pasado a la Comisión de Mujer, Género y Disidencias para su tratamiento. Transcurrido unos meses, finalmente obtuvo aprobación por el legislativo.

Al respecto, la presidenta de la Comisión de la Mujer, Género y Disidencias resaltó el trabajo articulado entre las y los concejales, al igual que la importancia de la ordenanza como una herramienta más para que los deudores morosos no puedan acceder a determinados trámites y cumplan con la cuota alimentaria correspondiente.

Por su parte, la autora del proyecto destacó dos aspectos de la ordenanza. La vulneración del derecho a las infancias y juventudes, y por otro lado, la falta de aportes económicos que produce un impacto en las familias debido a que el incumplimiento profundiza las desigualdades de género.

En este sentido, luego de su tratamiento en la novena sesión ordinaria y votado el proyecto por unanimidad, ediles terminaron con un gran aplauso al pasar a ser la ordenanza pionera para otros municipios.

Ante lo acontecido, desde la página de Facebook del HCD de Chascomús publicaron un video en la que las concejalas del bloque UCR y Frente de Todos-PJ, comentaron lo sucedido en la jornada de ayer en el recinto de calle Mitre.

“En la sesión de hoy (jueves), aprobamos un proyecto de ordenanza que requiere de libre deuda alimentario moroso para la realización de ciertos tramites en la municipalidad de Chascomús y ocupación de determinados cargos”, expresó Lorena Escaray.

A su vez, Valeria Machín señaló que “la existencia de esta ordenanza y la finalidad que tiene es garantizar el derecho a los alimentos o a las cuotas alimentarias de los niños, niñas y adolescentes”.

­-¿Qué expresa la ordenanza de libre deuda alimentario?

En su primer articulado, el proyecto de ordenanza aprobado por el legislativo explicita: “Requiérase, a toda persona física y jurídica en los términos del Artículo 2°, el certificado de libre deuda alimentario, como recaudo excluyente para la ejecución de los siguientes tramites en la Municipalidad de Chascomús, independientemente de los convenios suscriptos y/o mecanismos vigentes”.

Entre ellos, “solicitud de habilitación comercial y/o industrial. Solicitudes y otorgamiento de concesión o arrendamiento y/o presentación a licitaciones. Solicitud de obtención de licencia de conductor y/o renovación. Inscripción como proveedor municipal y/o de ente descentralizado y Contrataciones de todo tipo con el estado Municipal”.

Por su parte, el cuarto artículo menciona que el certificado “deberá ser gestionado por la persona interesada y deberá ser presentado previo a la culminación de los trámites que lo requieran, excepto en aquellos casos en que la autoridad competente lo gestione a través de mecanismos interinstitucionales ya establecidos”.

Mientras que el siguiente focaliza en solicitud de la licencia de conducir o su renovación, siendo que “se otorgará provisoriamente por cuarenta y cinco (45) días, con la obligación de regularizar su situación dentro de dicho plazo para obtener la definitiva”.

De igual manera, lo expresa el sexto artículo, debido a que “para el caso de la solicitud de licencia de conducir profesional o su renovación, se otorgará por única vez por el plazo de seis (6) meses, con el fin de regularizar su situación. Vencido el plazo, se exigirá el correspondiente certificado”.

Finalmente, será considerado válido el Certificado de Libre Deuda “obtenido a través del portal de autogestión del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos ingresando en: https://rdam.mjus.gba.gob.ar (botón ‘solicitar certificado’)”.

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