Concejo Deliberante: Proponen regular el uso de los monopatines eléctricos en Mar del Plata

Según la propuesta, se entiende por vehículo de movilidad personal a todo vehículo de una o más ruedas destinado al traslado de personal y autopropulsado por motorización eléctrica o cualquier otro tipo de motorización. Se exceptúan a las bicicletas y bicicletas con pedaleo asistido y los vehículos para personas con movilidad reducida.

La contratación de un seguro de responsabilidad civil frente a terceros, la inscripción en un registro municipal, contar con 16 años de edad o más, el uso de casco y la posibilidad de recibir multas por infracciones de tránsito; son algunas de las condiciones establecidas en la propuesta presentada en las últimas horas por el concejal Gustavo Pujato, donde se retoma un proyecto de hace 4 años del mismo bloque.

En cuanto a los sistemas de seguridad se establece un sistema de freno que permita una detención total del mismo y su carga de forma eficaz, como así un sistema de iluminación que contenga al menos una luz delantera de color blanca y una luz trasera de color roja, que se mantengan encendidas durante toda la marcha del vehículo.

Además, tendrá un sistema de alerta sonora (bocina) que permita ser escuchada por el resto de los usuarios de la vía y que no supere los decibeles establecidos por reglamentación para el resto de los vehículos y un sistema de limitación de velocidad que fije la velocidad máxima de circulación en 30 km/h. En caso de no poseer el mencionado sistema, no podrá superar bajo ningún supuesto dicha velocidad.

Respecto a los conductores, tendrán que contar con casco de protección de similares características a los exigidos para el uso de bicicletas, mientras que el vehículo solo podrá estar ocupado por el usuario, sin contar con acompañantes personas ni mascotas.

En la normativa propuesta también se establecen las zonas en las cuales podrán circular los monopatines eléctricos: calles, bicisendas y avenidas; mientras que estará prohibida su circulación en aceras, zonas exclusivas para peatones, rutas, autopistas y semiautopistas.

En cuanto a las prohibiciones al momento de la conducción, se incluye hacerlo bajo los efectos del alcohol y/o drogas ilegales, por lo que estarán sujetos a los controles de alcoholemia que se realizan a conductores de autos y motos. A su vez, se prohíbe el uso de dispositivos de distracción, como celulares y auriculares. (Fuente: 0223)

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