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      Chascomús intensifica los controles contra la pirotecnia sonora: Habrá multas y clausuras para comercios

      Rige la Ordenanza N° 5305/2018 que prohíbe todo artificio con efecto audible. La norma busca proteger a personas con TEA, adultos mayores y animales. El Municipio advierte que la venta ilegal será sancionada con multas y hasta 60 días de clausura.

      11 de diciembre de 2025 | 19:30
      Chascomús intensifica los controles contra la pirotecnia sonora: Habrá multas y clausuras para comercios

      De cara a las celebraciones de fin de año, la Municipalidad de Chascomús ha emitido un recordatorio a la comunidad sobre la plena vigencia de la Ordenanza N° 5305/2018, que establece la prohibición total del uso, tenencia, producción, almacenamiento y comercialización de artificios pirotécnicos con efecto audible en todo el partido.

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        La medida busca promover unas "fiestas seguras, sin pirotecnia sonora", con el objetivo de reducir los riesgos asociados y concientizar sobre el impacto negativo de los estruendos en diversos sectores de la comunidad.

        Impacto negativo y argumentos de la norma

        El Municipio subraya que las detonaciones generadas por petardos, bombas y morteros afectan gravemente a grupos vulnerables, incluyendo:

        • Personas con Trastorno del Espectro Autista (TEA).
        • Adultos mayores y niños.
        • Animales domésticos y silvestres.

        Además del daño a la salud humana (quemaduras y lesiones por estruendo), la ordenanza considera que la pirotecnia representa un riesgo significativo para la seguridad general, al ser una de las principales causas de incendios.

        La normativa establece la "ineludible necesidad de preservar la integridad física de las personas" y resalta el "impacto negativo que produce la utilización de pirotecnia sobre el ambiente, los animales y las personas".

        Advertencia a comercios: multas y clausuras

        La Municipalidad ha puesto especial énfasis en advertir a los comercios locales que incumplan la normativa vigente. Aquellos establecimientos que sean detectados comercializando pirotecnia sonora se exponen a severas sanciones:

        Los comercios que incumplan la ordenanza podrían enfrentar multas y clausuras de hasta 60 días.

        Como alternativa para disfrutar de las celebraciones sin causar daño, se promueve el uso de pirotecnia de efecto lumínico.

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