Una de las dudas que plantea el censo está relacionada con la actividad comercial. En ese sentido se recuerda que la Ley 24.254 sancionada en octubre de 1993 declara “Feriado Nacional” el día de cada año en el que se efectúe el Censo Nacional de Población y Vivienda.
La norma establece que “Quedan prohibidas hasta las veinte (20) horas del día indicado para la realización del Censo, las funciones teatrales, exhibiciones cinematográficas, competencias deportivas y en general toda clase de espectáculos y reuniones públicas al aire libre o en recintos cubiertos. Los restaurantes, confiterías, casas de expendio de bebidas y similares, rotiserías, panaderías y en general todo comercio de venta de artículos alimenticios y de bebidas y clubes, permanecerán cerrados hasta la hora indicada”.
“A los efectos salariales será de aplicación la legislación vigente en la materia para los días declarados feriados nacionales” agrega Ley.
Desde la Municipalidad se nos informó que “no se aplicará ninguna multa ni sanción a los Comercios que decidan trabajar, ya que no hay poder de policía al respecto ni se nos a pedido que se lo haga desde otro estamentos del Estado”.
El Pájaro y Lopecito, sus protagonistas, logran encontrar un objetivo común y arriesgan todo lo…
JORGE FERNANDO ROMERO En horas de la tarde del viernes próximo pasado dejó de existir…
Con público local y de Ranchos, Lezama, Castelli, Dolores, La Plata, Buenos Aires y Mar…
El gobierno nacional anunció el programa Viajá+ con BNA por el que se podrán pagar…
Tras la devaluación de diciembre y el fuerte salto inflacionario, el consumo comenzó una fuerte…
El gobernador de la provincia de Buenos Aires, Axel Kicillof, encabezó un masivo acto en el Puerto…